El registro de resignación

Ayer se produjo un nuevo episodio en el vodevil del procedimiento relativo al registro de preasignación para las tecnologías renovables con la recuperación del procedimiento existente en el Real Decreto Ley 6/2009. Procedimiento que fue derogado en la Cámara Alta, a merced a una iniciativa de Convergencia i Unió (CiU) y secundada por el PSOE, y que ahora se ha abjurado en la Cámara Baja, con ciertas reverberaciones y golpes de pecho (en empresas, Comunidades Autónomas y asociaciones sectoriales de las distintas tecnologías afectadas, sobre todo la termosolar). Golpes de pecho provocados por la reacción obtenida, pese a la cierta euforia y convicción transmitida en la nota de prensa en que se afirmaba que se recuperaban competencias para las Comunidades Autónomas. Se intuía una cierta complicidad ‘low profile’ ministerial evidenciada en las palabras del Secretario General de Energía, Pedro Marín, desde Bruselas.

Desde este medio, hemos sido especialmente críticos, tanto con la forma en que se implantó el registro de preasignación y la sustitución final al cumplimiento de los objetivos por tecnología y su inclusión en los criterios retributivos que establecía el Real Decreto 661/2007 (cada vez los Reales Decretos duran menos). Del mismo modo, hemos sido críticos con la forma en que se hubiera producido su ‘restauración’, sobre todo porque ni una, ni otra hacen otra cosa que generar incertidumbre, que es lo peor que se puede producir en sectores intensivos en energía.

Particularmente, todo este espectáculo es poco edificante y evidencia un modelo regulatorio precipitado y reactivo a los acontecimientos, todo ello porque cada modelo regulatorio no tiene bien hechos los “acabados”, provocando efectos llamadas y desbordamiento, primero de la Administración y, segundo, de las primas. La solución que se acaba instrumentado suele ser ‘ad libitum’, modelo tabla rasa, en la que no se sabe qué es mejor, si el remedio o la enfermedad (o el remedio es la enfermedad).

Recordemos que el Real Decreto 661/2007 establecía un final por tecnologías en el que al llegar al 85 % se fijaba un año de prórroga con independencia de la tecnología (hay tecnologías que sus proyectos tardan un año y otras, dos meses). Solución de acabado: fijar períodos diferenciados sobre un sistema general. Consecuencia del mal acabado: desbordamiento en la energía solar fotovoltaica, aluvión y luego recurso a modelos sancionadores e inspecciones de dudosa eficacia.

Otra consecuencia, un Real Decreto, el 1578/2008 para la energía solar fotovoltaica que establece el modelo de registro de preasignación con cupos y retribución decreciente. Fruto de este decreto se produce un frenazo pleno y que parece que proporciona más “control en la entrada”, por lo que se deroga el R.D. 661/2007 para el resto de tecnologías y se implanta un registro de preasignación en el que entra todo lo que se inscriba que cumpla con todos los requisitos burocráticos.

Consecuencia: no se sabe, aunque ya anticipa un colapso de proyectos presentados en Industria, a pesar de que poco a poco vamos conociendo cómo se van aprobando. Hoy hay otros 53 aprobados que, en total, suponen unos 2.000 MW de potencia. Pero, ¿sabemos cuánto hay en la bolsa acumulado?, ¿sabemos cuántos por tecnologías?, ¿sabemos cuántos cumplen los requisitos?, ¿sabemos cuántos no?, ¿sabemos cuántos pueden subsanar defectos de forma?

Se habla de cifras de entre 18.000 y 20.000 MW en total, sumando todas las tecnologías que están en ese registro de preasignación que ha evidenciado también su alimentación a base de conseguir permisos y documentos. Sólo en el caso de la termosolar, cuyos proyectos son de mucho más largo plazo que los eólicos o fotovoltaicos, y que, por otra parte, es quien ha escenificado en mayor medida el enfado con la derogación in péctore anticipada, con un objetivo de 500 MW, se estima que hay proyectos presentados por un total de 2.000 MW, siendo sus primas casi cercanas a las de la energía solar fotovoltaica.

Las preguntas son obvias, además de la necesidad de una regulación estable y predecible que no provoque cuellos de botella, efectos llamada, burbujas, etc. El puzzle con la caída de la demanda y los efectos sobre el déficit tarifario en el proscenio es complicado, sobre todo conociendo las estructuras sectoriales, las diferencias de las tecnologías y comprendiendo el papel de la inversión, las empresas y el sistema eléctrico.

Se impone la reflexión y no la improvisación, ni la resignación. Porque el problema no está cerrado. Ni mucho menos.